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ESTIMADOS COMPAÑEROS:

A partir del día Lunes 3 de Noviembre y como resultado de las reivindicaciones alcanzadas producto de las movilizaciones del presente año, comenzará a regir el nuevo sistema de sanción en Biblioteca, consistente en la eliminación de todo tipo de pena pecuniaria (en dinero) y en la implementación de una sanción formativa que a continuación explicamos: ENTREGA DE LIBROS DE COLECCIÓN GENERAL DESPUÉS DE LAS 18:30 Y DE COLECCIÓN DE RESERVA DESPUÉS DE LAS 15:30. -Se aplicará la sanción establecida para el caso del primer atraso.

PRIMER ATRASO.

-Colección General. 4 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios.

-Colección Reserva. 6 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios.

SEGUNDO ATRASO

-Colección General. 6 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios. -Colección Reserva. 8 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios.

TERCER ATRASO

-Colección General. 10 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios. -Colección Reserva. 12 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios.

AL CUARTO Y SUCESIVOS ATRASO

-Se aplicará la misma sanción establecida para el tercer atraso, esto es: 10 días hábiles de suspensión de los servicios bibliotecarios en lo referente a la Colección General y 12 días hábiles en lo concerniente a la Colección de Reserva.

Por días hábiles se entenderá SÓLO LOS DÍAS DE LUNES A VIERNES. En consecuencia, tanto para el retraso en la entrega como para el cómputo de días de suspensión se EXCLUIRÁN Sábados y Domingos. EJEMPLO: Debo entregar un libro el día jueves y lo entrego el lunes: se considerará un solo día de atraso. Por lo tanto 4 días hábiles en caso de ser un libro de colección general y 6 días hábiles si se tratare de un libro de la colección de reserva. En caso de ser sancionado el día viernes, igualmente se considerarán días hábiles, en consecuencia: soy sancionado el día viernes, la pena comienza a correr desde el día lunes, por lo tanto, termina el día jueves.

Por la frase “Suspensión de servicios bibliotecarios” se entiende SÓLO la imposibilidad de sacar libros. En consecuencia, el acceso a la Biblioteca y la utilización de servicios computacionales NUNCA será restringido.


ATTE

FEUCN



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